MULTAS DGT: LOS PUNTOS QUE PERDERÁS POR INFRACCIÓN

04 mayo 2021

Evita las multas de la DGT. Te contamos los puntos que perderás por cada infracción para que no te pillen por sorpresa.

El Gobierno aprobó un paquete de reformas en materia de tráfico y circulación que pretenden mejorar la seguridad vial y reducir así la cifra de fallecidos y heridos en carretera.

¿CUÁNTOS PUNTOS ME QUITAN POR CONDUCIR CON EL MÓVIL?

Hasta ahora la multa era de 200 euros y 3 puntos del carné. Con la reforma, ahora perderás 6 puntos y pagarás una sanción de 500 euros.

Se ha calculado que, a una velocidad de 120km/h, mandar un WhatsApp supone recorrer unos 600 metros sin mirar a la carretera.

SANCIÓN POR NO USAR EL CINTURÓN, EL CASCO O LOS SRI: 4 PUNTOS

El cinturón de seguridad, el casco y los sistemas de retención infantil son elementos de seguridad pasiva que pueden llegar a reducir hasta en un 50% la probabilidad de fallecer en un accidente. Por eso, no llevarlos, o hacerlo de forma incorrecta, restarán 4 puntos del permiso de conducir (hasta ahora eran 3 puntos)

SANCIÓN POR NO USAR EL CINTURÓN, EL CASCO O LOS SRI: 4 PUNTOS

El cinturón de seguridad, el casco y los sistemas de retención infantil son elementos de seguridad pasiva que pueden llegar a reducir hasta en un 50% la probabilidad de fallecer en un accidente. Por eso, no llevarlos, o hacerlo de forma incorrecta, restarán 4 puntos del permiso de conducir (hasta ahora eran 3 puntos)

MULTA PARA LOS DETECTORES DE RADARES: 3 PUNTOS DEL CARNÉ

La reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial  contempla como infracción grave el hecho de llevar un detector de radares en el vehículo.

Hasta ahora solo se contemplaba la sanción por su uso durante la conducción, pero con la reforma se sancionará el mero hecho de tener el dispositivo en el coche, con una multa de 500 euros y tres puntos.

El único sistema legal que se puede utilizar es el avisador, que avisa de dónde se encuentran los radares fijos y de tramo que previamente ha anunciado la DGT en su web.

OTRAS SANCIONES CONTEMPLADAS

La DGT ya ha puesto en marcha otras modificaciones en el ámbito de la circulación que podrán suponer cambios en las sanciones a aplicar, como por ejemplo la reducción de la velocidad máximo en entornos urbanos, el uso de patinetes eléctricos y bicicletas, o los adelantos.

El nuevo Reglamento General Circulación establece un límite de 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación, 50 km/h en vías de 2 o más carriles por sentido y 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada.

Por otro lado, la nueva normativa también aplicará multas por sobrepasar los límites de velocidad en hasta 20 km/h cuando un turismo o motocicleta realice un adelantamiento en una carretera convencional.

Si quieres consultar cuántos puntos te quedan en tu carné de conducir, consulta aquí.